lunes, 14 de mayo de 2018



Definición del cooperativos- 
sindicatos
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https://www.youtube.com/watch?v=RjysaZ_ua54

Las cooperativas son aquellas  en las cuales los obreros mismos, por medio de su propia organización, crean empleos a través de la creación de cooperativas de trabajo, en circunstancias de crisis económicas y quiebre de empresas juegan papel importante en la preservación de los puestos laborales.


La relación histórica entre cooperativas y sindicatos, en la participación de estos últimos en la creación de aquellas organizaciones colectivas de los trabajadores para la preservación de empleos en las circunstancias de crisis  como las actuales. Todo lo anterior es importante porque, en medio de la actual crisis mundial, los obreros y sus sindicatos buscan respuestas para conservar los empleos, ya que el cierre de negocios en muchos lugares del mundo ha elevado la conflictividad laboral. En diversos continentes, se han estado sucediendo cierres de negocios, agravando la tendencia creciente del desempleo mundial. Miles de empresas quebraron en el mundo entero, especialmente en Brasil, 6000 negocios cerraron entre 1996 y 1999, así como muchas en Argentina, Uruguay y otros países del Cono Sur de América en la última década del siglo XX y en las primeras del siglo XXI. Se infiere que la cooperativa de trabajo puede ser un medio importante para la política social de los gobiernos y que ella tiene una explícita función: evitar la pérdida de puestos de labor.

Breve reseña histórica del cooperativismo
El cooperativismo es el sistema socioeconómico de las cooperativas, consisten en una asociación voluntaria de personas, que se unen para trabajar con el fin de lograr beneficios para todos sus integrantes y para la comunidad en la que viven. Su principal objetivo no es el lucro sino brindar un servicio, y su ley fundamental es la igualdad entre sus miembros, pues todos tienen los mismos deberes y derechos. 
El cooperativismo nació en Inglaterra en el año 1844 y llegó a Costa Rica 80 años más tarde, en el siglo XX, cuando se crearon algunas cooperativas gracias al impulso de extranjeros y nacionales que habían conocido el modelo Cooperativo en Europa.
Sin embargo, fue hasta el 26 de agosto de 1943 cuando en Costa Rica se emite la primer legislación en materia Cooperativa, incluyéndose en el código de trabajo un capítulo dedicado a las asociaciones cooperativas.
La Cooperativa más antigua de las que operan en nuestro país es LA Cooperativa Agrícola Industrial Victoria, ubicada en el cantón de Grecia, esta primera cooperativa se dedica principalmente a la producción de azúcar y al cultivo del café, esta cooperativa quedó legalmente constituida el 12 de octubre de 1943, con la participación de 20 asociados.
Hoy nuestro país es caracterizado por el gran impacto que ha tenido el cooperativismo para el desarrollo nacional.

Clasificación del cooperativismo     
Especializadas.- Las que se organizan para atender una necesidad específica correspondiente a una sola rama de la actividad económica social o cultural.  
 Multiactivas.- Las que se organizan para atender varias necesidades mediante la concurrencia de servicios en una sola entidad jurídica.
Integrales.- Aquellas que en desarrollo de su objeto social, realizan dos o más actividades conexas y complementarias entre sí, de producción, distribución, consumo y prestación de servicios.
Según los servicios Ahorro y crédito.- Reciben aportes periódicos de sus asociados, captan ahorros y otorgan créditos.
Consumo.- Realizan una labor comercial . Son cooperativas de vínculo abierto a todas las personas que pueden hacer uso de sus servicios.
Educación.- Capacita a sus asociados o a terceros. Puede ser educación formal o informal.
Producción.- Transforma materia prima en productos finales o productos intermedios en finales.
Trabajo y servicios.- Incluye el trabajo asociado para labores no calificadas y la administración de servicios sociales y comunitarios.
Transporte.- Prestan servicios de transporte de carga y o pasajeros.
Vivienda.- Entidades que con base en la cooperación contribuyen a la solución de problemas de vivienda a sus asociados o a la comunidad en general.
Otros términos Vínculo común.- Las personas que forman una cooperativa de crédito deben tener un vínculo que los una. Este puede encontrarse entre los empleados de una oficina, trabajadores de una empresa, personas que ejercen una misma profesión, entre otros.
Voluntariedad.- Significa libre ingreso y retiro mediante las condiciones que establezca el estatuto.
Autonomía democrática.- Una persona o un voto es la base fundamental de la cooperativa de crédito. Los socios son sus dueños y todos tienen derecho a elegir y a ser elegidos.
Valores cooperativos
·         Ayuda mutua: Es el logro del desarrollo integral del individuo mediante la unión de esfuerzos con otras personas. Los cooperativistas creen que por medio de la acción conjunta y la mutua colaboración se puede lograr más, especialmente al aumentar la influencia colectiva en el mercado y ante los gobiernos.
·         Responsabilidad: Es el deber que asumen los asociados frente a la creación, funcionamiento, fortalecimiento, promoción, gestión y dirección estratégica de la cooperativa y para garantizar que mantenga su independencia de otras organizaciones públicas y privadas.
·         Democracia: Es el eje fundamental de las cooperativas, que se concreta en la participación democrática de los asociados. Hace parte de la misma definición de cooperativa, cuando se refiere a una empresa democráticamente controlada. No se puede concebir una cooperativa sin democracia.
·         Igualdad: Consiste en que los asociados tienen los mismos derechos a participar, ser informados, ser escuchados y ser involucrados en la toma de decisiones de la empresa.
·         Equidad: Se refiere al tratamiento dado a los asociados dentro de la cooperativa. A la hora de retribuirles su participación se les debe tratar equitativamente, por medio de la aplicación de excedentes, asignación de reservas de capital a su nombre o la reducción de costos.
·         Solidaridad: Significa que los cooperativistas y las cooperativas se mantienen juntos; aspiran a crear un movimiento cooperativo unido local, nacional, regional, e internacional. Asegura que la cooperación no sea solo un disimulado interés particular. Una cooperativa es más que una asociación de miembros, es también una colectividad.
Estos valores son llevados a la práctica a través de los Principios Cooperativos. Los principios materializan la gestión de la cooperativa en sus actividades cotidianas.

Principios cooperativos.

Principios establecidos por la “ACI” (Alianza Cooperativa Internacional: Considerada como el organismo representativo del Cooperativismo en el mundo) en Manchester – Inglaterra el 23 de Septiembre de 1995. Los principios Cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las Cooperativas ponen en práctica sus valores. (Valores: Las Cooperativas se basan en los valores de: Ayuda Mutua, Responsabilidad, Democracia, Igualdad, Equidad y Solidaridad. Sus miembros creen en los valores éticos de: Honestidad, Transparencia, Responsabilidad Social y preocupación por los demás). Los nuevos principios del Cooperativismo son 7. 

PRINCIPIO: MEMBRESÍA ABIERTA Y VOLUNTARIA.
Este Principio con lleva otros valores Cooperativos:
·         Autoayuda
·         Autorresponsabilidad
·         Solidaridad
Nos indica Adhesión Voluntaria y Abierta. Las Cooperativas son organizaciones Voluntaria Abierta para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a utilizar sus responsabilidades que conlleve la Membresía sin discriminación de género (sexo), raza, clase social, posición política o religiosa. Significa Afiliación, Libre Adhesión, Libertad para Ingresar y para retirarse de la Cooperativa.
PRINCIPIO: CONTROL DEMOCRÁTICO DE LOS MIEMBROS. ( Gestión Democrática)
Las Cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros, quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su Cooperativa responden ante los miembros.
PRINCIPIO: PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LOS MIEMBROS.
Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera Democrática el capital de la Cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la Cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscrito como condición de Membresía.
PRINCIPIOS: AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA.
Las cooperativas son organizaciones autónomas de Ayuda Mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdo con otras organizaciones (Incluyendo el Gobierno) o tiene capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control Democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la Cooperativa.




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